Compensación de pérdidas
Hola comunidad de Rankia,
soy de fuera y no se bien las leyes de Espana para tributar, me podeis ayudar a resolver alguna pregunta por favor sobre este aspecto:
En la renta de 2011 tengo las casillas 444 y 445 una perdidad de alrededor de 5000 Euros que he perdido en CFDs y Warrants.
Entiendo que puedo compensar esta perdida hasta finales de 2015? Es decir tendria que vender fondos con plusvalia hasta
30/11/2015 para que se puede compensar?
Si este ano compro un nuevo fondo lo tengo que mantener en la cartilla por lo menos un ano para poder compensar estas perdidas?
Es decir mientras que compro en 2014 y lo vendo un ano despues en 2015 antes de que se acaba el ano aun puedo compensar la perdida?
Muchas gracias
Kandinsky