Es de suponer que esta es toda la cartera que actualmente tienes de SAN , en total 530 acciones.
Que la ultima venta 225 acciones del 15-09-11 te genero una perdida que corresponde a la Venta de las 190 acciones del 01-10-10 y de 35 acciones de las 200 del 24-11-10.
Después de esta venta no has realizado mas operaciones con SAN , teniendo una cartera de, 165 acciones del 24-11-10, mas 140 acciones del 07-01-11, mas 225 acciones del 12-09-11, total de 530 acciones.
La compra de las ultimas 225 acciones del 12-09-11 te impiden aplicar la perdida de la venta del 15-09-11, aunque has de haberlas declarado y marcado en la declaración su no aplicación.
Ahora quieres aplicar esas perdidas , vendiendo al menos 225 acciones de la cartera de SAN, si efectivamente vendes justamente las 225 que recompraste, puedes en el ejercicio de la venta, aplicar estas perdidas "cautivas" del 2011.
Cuando vendas estas 225 acciones , estas vendiendo las 165 acciones del 24-11-10 que te quedan sin vender y 60 acciones de las 140 del 07-01-11, con independencia del resultado de plusvalía/minusvalía de esta venta , puedes aplicar la minusvalía "cautiva" del 2011.
Te quedara una cartera del SAN con 80 acciones del 07-01-11 y 225 acciones del 12-09-11, un total de 305 acciones del SAN.
Ten precaución de al vender esta ultima partida de 225 acciones , si esta venta es con perdidas, el no realizar recompra en los DOS meses anteriores o posteriores, para que no te queden otra vez "cautivas" las posibles perdidas.
Saludos