Re: Casillas doble imposicion internacional
Buenas tardes:
¿Cual es tu opinion? ¿Como lo harias tu?
Gracias
Buenas tardes:
¿Cual es tu opinion? ¿Como lo harias tu?
Gracias
Saludos! El año pasado consulté en mi mensaje [19] Re: Casillas doble imposición internacional lo siguiente (y algo más en algún otro mensaje):
Tengo accs. de BMW y al importar los datos el programa PADRE ha incluido en la casilla [23] además de muchos más dividendos de empresas españolas y una prima por asistencia a juntas la diferencia entre el dividendo bruto de BMW y la retención en origen. Luego como retención en España me ha aplicado el 21% de esa cantidad. Es decir, el programa PADRE importa como ingresos la diferencia entre el dividendo y lo que se queda la Hacienda alemana y sobre esa cantidad importa la retención real practicada en España que es el 21% (que es lo que me certifica Renta4 también). En la casilla [505] he desglosado el dividendo bruto y el impuesto máx. en orgien desgravable y el programa ha hecho sus cálculos...Mi duda es la misma respecto a la prima por asistencia juntas: ¿Lo incluye ya el programa PADRE con los dividendos? Respecto a los dividendos de valores extranjero, BMW, recuerdo que había que computar la cantidad máx. deducible en la casilla correspondiente, creo que este año es la casilla [583] [Por doble imposición internacional por rentas obtenidas y gravadas en el extranjero] pero además había que restar cierta cantidad en la casilla [24] [Dividendos y demás rendimientos por participaciones en fondos propios de entidades]. ¿Podéis guiarme?
[50] Re: Casillas doble imposicion internacional (Ej. 2014).
Perdón pero se ha quedado muy hundida en muy poco rato.
¿Alguien me ayuda de nuevo este año? Si ya se ha respondido qué hacer con los dividendos procedentes de accs. extranjeras me conformo con el enlace.
Creo que sé en qué casilla debo reflejar el importe máx. a desgravarme, la [583] pero no recuerdo qué había que hacer con el cómputo total de los dividendos en la casilla [24]. El año pasado me lo explicasteis muy bien pero no encuentro el mensaje.
Gracias.
Saludos!
He recibido en 2014 dividendos de BMW (Alemania). La desgravación por doble imposición se hace constar en la casilla [583] (pág. 46) en las que hay un desplegable con los siguientes apartados:
1) Tipo: Supongo que hay que marcar la opción 2 (rentas que no proceden del trabajo que es la opción 1).
2) Rentas incluidas en la base genral: en [Otras rentas] e [impuesto satisfecho en el extranjero] supongo que CERO P porque solo tengo estas accs. que corresponde a la base del ahorro.
3) Rentas incluidas en la base del ahorro: supongo que lo que me certifica mi broker pero con el tope de IMPUESTO MÁXIMO DESGRAVABLE SATISFECHO EN ORIGEN que es menos que el total.
Esto me reduce un dividendo íntegro 344,56 del que en origen me han retenido 123,44 pero que como máx. deducible tengo 70,20 a tan solo 34,45 euros.
Además, en este desplegable no he incluido 0,73 euros de gastos porque entiendo que el programa PADRE ya lo ha incluido en el total de gastos deducibles.
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Lo que creo recordar es que en la casilla [24] [Dividendos y demás rendimientos por la participación en fondos propios de entidades] se debe incluir el dividendo íntegro (que es más del recibido por la retención en origen) que se compensa ahora en la casilla [583] pero el programa PADRE solo ha incluido (no lo he comprobado) el dividendo íntegro menos la retención en origen.
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¿Es así?