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Comunidad de bienes - IRPF
¿Qué efectos produce, en IRPF, la prestación de un servicio a un comunero por una comunidad de bienes que realiza una actividad economica, estando ese servicio dentro de la actividad de la comunidad de bienes?
¿Qué efectos produce, en IRPF, la prestación de un servicio a un comunero por una comunidad de bienes que realiza una actividad economica, estando ese servicio dentro de la actividad de la comunidad de bienes?
En principio, es un autoconsumo. Aumenta el volumen de negocio.
Según de lo que se trate, y si se quiere evitar perjuicios a los demás comuneros, una solución no estrictamente legal, pero hasta cierto punto factible, es disminuir la parte dineraria que le corresponda a ese comunero en cuantía equivalente al importe del servicio recibido.
Es una manera de recibir parcialmente "en especies" la parte que le corresponde de la atribución de resultados.
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!