Re: Deducción en IRPF 2013 de obras realizadas en la Comunidad de Propietarios
Kyrie: voy a pegar aquí un comentario que ví en un enlace y que es el que me hace pensar que tal vez pueda servirme. El informe y proyecto se encargaron y pagamos por ellos en 2012, e incluso entregamos dinero a cuenta, aunque su ejecución transcurrió durante 2013.
"Para que pueda aplicarse el régimen transitorio en el caso de obras de rehabilitación de vivienda habitual , han de cumplirse unos requisitos:
1. Antes del 1 de enero del 2013 , haber Iniciado las obras y haber satisfecho cantidades por dichas obras .
2. Que las obras de rehabilitación estén terminadas antes del 1/1/2017.
3. En el caso de una comunidad de propietarios , si en el año 2012 o anteriormente se han llevado a cabo las actuaciones necesarias para el desarrollo de las obras de rehabilitación del edificio (redacción de proyecto inicial y ejecución de las obras, estudio geológico…), y habiendo abonado la comunidad de propietarios parte de los gastos de la obra ,siempre que las obras estén terminadas antes del 1/1/2017 podrán deducirse aplicando la citada disposición transitoria. "
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Y reitero mi agradecimiento a tí y a todos los que intervenís en este foro, porque vuestros consejos y comentarios son de gran utilidad !