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Declaración de usufructo
Cuando se tiene una vivienda cerrada, se está obligado a declarar algún usufructo en el Apartado C de la pág. 4 (I) del impreso de la Renta de 2014. Gracias de antemano por la respuesta
Cuando se tiene una vivienda cerrada, se está obligado a declarar algún usufructo en el Apartado C de la pág. 4 (I) del impreso de la Renta de 2014. Gracias de antemano por la respuesta
Una vivienda cerrada se considera a tu disposición y genera una imputación de rentas inmobiliarias en el IRPF, así que sí, hay que rellenar ese apartado, si tienes el pleno dominio o el usufructo
Un saludo