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Exención 7p con EEUU

5 respuestas
Exención 7p con EEUU
Exención 7p con EEUU
#1

Exención 7p con EEUU

durante el 2013 estuve tres meses trabajando en EEUU en una empresa de nuestro grupo por cuenta de mi compañía ubicada en España (sería como un internal assignment). Al querer beneficiarme de esta exención 7p le pedí a mi departamento de RRHH que me extendiera un certificado para poder presentarlo junto con mi declaración. El tema les viene de nuevo, se han informado y me dicen que "parece ser que para realizar el certificado nuestra empresa (ubicada en España) tenía que haber realizado el cargo de mis servicios a la empresa de ahí (en EEUU, y forma parte de nuestro grupo empresarial)".
¿es eso cierto? cualquier luz será muy bien recibida.

 

#2

Re: Exención 7p con EEUU

Buenos días,

por lo que parece, legalmente has seguido trabajando para tu empresa que está ubicada en España, por tanto no podrías aplicarte la exención del artículo 7.p.

Aquí puedes ver los requisitos necesarios para que se considere renta exenta:

Rentas exentas de tributar en el IRPF

Un saludo.

#3

Re: Exención 7p con EEUU

gracias por la contestación Miguel. Por si ayuda a ser más claro, el tipo de relación entre las empresas sería como si estando trabajando en España para Matutano me envían a EEUU para trabajar en Pepsi. Dos empresas distintas, pero pertenecientes al mismo grupo. Durante mi estancia en Pepsi (EEUU) cobro mi sueldo de Matutano en España.
He leído los requisitos del link y no acabo de entender si para acogerme a la exención mi empresa (Matutano en el ejemplo) tiene que haber hecho un cargo a Pepsi por mis servicios.
Un saludo.

#4

Re: Exención 7p con EEUU

Siendo así, que te sigue pagando la empresa española no creo que puedas aplicarte la exención.

#5

Re: Exención 7p con EEUU

En el certificado de retenciones e ingresos a cuenta que te ha entregado la empresa española debería figurar la renta exenta en el caso de que lo estuviera.

#6

Re: Exención 7p con EEUU

Por lo que he leído el mayor problema está en probar que tu trabajo allí tiene una ventaja o utilidad para la entidad no residente, no quién te pague. Mira bien ese requisito, que parece ser que en entidades vinculadas suele ser el mayor escollo. Mira los requisitos exactos, no los del link, que están resumidos.
Por cierto que si se aplica la exención, tienes derecho a que te devuelvan las retenciones practicadas, pues al ser rentas exentas, no deben ser objeto de retención.

Un saludo