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IRPF 2013 - Ganancia/Pérdida canje acciones Bankia (arbitraje)

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IRPF 2013 - Ganancia/Pérdida canje acciones Bankia (arbitraje)
IRPF 2013 - Ganancia/Pérdida canje acciones Bankia (arbitraje)
#1

IRPF 2013 - Ganancia/Pérdida canje acciones Bankia (arbitraje)

Buenos días,

Realizando la declaración de la renta 2013 me han surgido unas dudas que no sé muy bien como tratar. El tema en cuestión está relacionado con el canje de acciones por preferentes/deuda subordinada y su posterior venta.

Mi caso ha sido el siguiente:

En mayo 2013 se produce el canje por acciones del importe que yo pensaba que tenía un plazo fijo (pero bueno, este es otro tema) y de los 20.000 euros me dan en acciones unos 15.000 euros. Acudo al arbitraje, me dan la razón pero a 31/12/2013 me llaman de Bankia y me dicen que si vendo recupero la inversión, voy al banco y vendo. El resultado ha sido el siguiente:
En total he tenido un beneficio de unos 500 euros. Según la información fiscal del ejercicio 2013 facilitada por bankia la diferencia entre la compra de acciones (15.000 euros) y la venta me ha producido una pérdida pero que se compensa con el cobro en marzo de 2014 de los 5.000 euros que no me canjearon por acciones al resultar favorable el arbitraje. Mi pregunta es:

¿Tengo que declarar una pérdida en 2013 y un beneficio en 2014?. ¿Declaro toda la operación en 2014?, como estoy difiriendo pérdidas no creo que a la AEAT le importe, no???

En fin, a ver si alguien del foro le ha ocurrido algo parecido y ya ha resuelto el tema.

Muchas gracias.

#2

Re: IRPF 2013 - Ganancia/Pérdida canje acciones Bankia (arbitraje)

Buenas tardes,

según Hacienda, la diferencia entre el dinero originalmente invertido y la cantidad que se recupera gracias al arbitraje se declara como un rendimiento de capital mobiliario negativo. 

Por otro lado, debes declarar el canje de las preferentes por acciones y la ganancia/pérdida patrimonial por la venta de acciones; ten en cuenta que la fecha de adquisición para la declaración de la ganancia/pérdida patrimonial es la fecha en la que se firmó el convenio arbitral y el valor de adquisición será el que indique el convenio.

Por tanto, si nos ceñimos a lo comentado, puesto que aún no has cobrado el arbitraje deberías posponer la declaración del rendimiento del capital mobiliario negativo y deberías incluir en la Declaración de la Renta 2013 el canje de las preferentes y la ganancia/pérdida patrimonial derivada de la venta.

Todo esto de las preferentes y el del arbitraje es bastante complicado, te adjunto un enlace que igual puede que te sirva de ayuda:

Tributación de participaciones preferentes y subordinadas en la Declaración de la Renta 2013

Si no te aclaras te recomiendo que acudas a un asesor fiscal que te pueda explicar mejor tu situación.

Un saludo.