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Decreto omnibus

2 respuestas
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#1

Decreto omnibus

El RD-Ley 8/2014 de 4 de julio, determina entre otras cosas que los contribuyentes que realicen actividades profesionales,..., se establece un tipo reducido de retención del 15%, cuando en el jercicio enterior los rendimientos integros, ..., hubieran sido inferiores a 15.000,00.-€; dos consultas respectoa esto: 1.- Rendimientos Integros son los rendimientos Netos o bien la totalidad de los ingresos antes de los gastos. 2.- los profesionales qe ahora se retienen un 9% por inicio de actividad en que cantidad se retendran a partir de ahora, ya que no lo veo por ningún sitio.
Gracias.

#2

Re: Decreto omnibus

Rendimiento íntegro es el obtenido antes de aplicarle los gastos.

También dispone que al menos el 75% de los rendimientos totales declarados, corresponda a la modalidad de Actividades Profesionales.

Entiendo que se mantiene el tipo actual para inicio de actividad.

Saludos

#3

Re: Decreto omnibus

Muchas Gracias Lunatico.