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Deducción en alquiler prorrogable

5 respuestas
Deducción en alquiler prorrogable
Deducción en alquiler prorrogable
#1

Deducción en alquiler prorrogable

Hola.

Según la nueva ley, a partir del 1 de enero los contratos de alquiler no tendrán derecho a deducción.
Yo voy a firmar un contrato a 1 de septiembre, que tiene una cláusula como sigue:

"El presente contrato tendrá una duración de UN AÑO, a contar desde el día 1 de Septiembre de 2014. Transcurrido este plazo, se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales, hasta que alcance una duración total de cinco años, salvo que al arrendatario manifieste a la arrendadora, con treinta días de antelación como mínimo a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas, su voluntad de no renovarlo."

Mi duda es:

¿Tendré derecho a deducción en el periodo Septiembre 2014 - Agosto 2015 solamente? ¿O también durante las prórrogas? Lo digo porque el contrato como tal, es único, ¿No?

Gracias.

#2

Re: Deducción en alquiler prorrogable

En mi opinión, podrás hacerlo también durante las prorrogas. Pero ten en cuenta que no hay todavía una "nueva ley". Hay un anteproyecto de ley.

Saludos.

#3

Re: Deducción en alquiler prorrogable

Lo tengo en cuenta, pero vamos, supongo que la aprobarán dentro de no mucho.
¿Alguien más puede dar su opinión al respecto?

#4

Re: Deducción en alquiler prorrogable

La nueva ley la aprobarán antes de fin de año, ya que entrará en vigor el 01.01.15.

Lo que dice el anteproyecto:

"Podrán aplicar la deducción por alquiler de la vivienda habitual en los términos previstos en el apartado 2 de esta disposición, los contribuyentes que hubieran celebrado un contrato de arrendamiento con anterioridad a 1 de enero de 2015 por el que hubieran satisfecho, con anterioridad a dicha fecha, cantidades por el alquiler de su vivienda habitual.
En todo caso, resultará necesario que el contribuyente hubiera tenido derecho a la deducción por alquiler de la vivienda habitual en relación con las satisfechas por el alquiler de dicha vivienda en un período impositivo devengado con anterioridad a 1 de enero de 2015."

Saludos.

#5

Re: Deducción en alquiler prorrogable

Hola de nuevo.

Ese texto que has puesto me ha terminado de liar.
¿Aunque el contrato sea anterior al 1 de Enero de 2015, solo me podré deducir las cantidades hasta 31 de Diciembre de 2014?

#6

Re: Deducción en alquiler prorrogable

El texto dice que si el contrato lo has hecho antes de 01.01.15 y te hubieses podido acoger a la deducción por alquiler en el año 2014 (o anterior a ese año) por ese contrato, te puedes seguir aplicando la deducción durante 2015 y siguientes.

Saludos.

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