Acreditación de la convivencia del ascendiente con el contribuyente
Buenas tardes
Para acreditar esta convivencia
¿Es necesario empadronar al ascendiente en el domicilio del contribuyente?
¿O hay algún otro modo de acreditarlo?
Porque de ser necesario el empadronamiento para casos en los que la atención al ascendiente se lo vayan repartiendo los hijos por distintos periodos de tiempo estaríamos cambiando constantemente este empadronamiento
Espero vuestros comentarios
Un saludo