Tengo una duda sobre el nuevo modelo 303.
En concreto quería saber si estando en el regimen simplificado la información adicional-complementaria que se puede consignar es o no es obligatorio legalmente rellenar dicha información la información complementaria.
La razón es que presenté al principio del plazo el modelo 303 sin incluir dicha información pensando que podía luego mandar mi modelo 390, pero ahora veo por otros conocidos que quizás si era obligatorio y como ya no puedo presentar complementario (me salía a devolver) no sé si hice bien o no.
He estado leyendo en foros en la orden ministerial que regula el nuevo modelo y en las instrucciones del modelo 390 de hacienda y en todas se habla de que la exoneración para no presentar el modelo 390 "estará condicionada", es decir, parece deducirse que no es boligatorio, o lo que es lo mismo, puedo presentar solo un modelo 303 incluyendo la infrmación complemntario y luego no presentar el modelo 390, o bien, (como hice yo), presenar el modelo 303 sin la información adicional y luego presentar el modelo 390.
Es correcto?
Un saludo