347: ¿Debo hacerlo si ya presenté el 390?
Buenos días,
2014 fue mi primer año como autónomo y he ido superando las distintas pruebas en cuanto a presentación de declaraciones sin demasiados problemas, incluso cometí un error y pude solucionarlo con éxito haciendo una reclamación a la Agencia Tributaria.
Hace poco me enteré de la existencia del 347 y religiosamente me disponía a cumplimentarlo, pero ya en la primera página del programa me encuentro con un obstáculo insalvable. De hecho, dos. El primero es que la casilla del NIF está inactiva y por lo tanto no puedo añadirlo, y el segundo es que me pregunta si es una declaración complementaria o sustitutiva... y no es ninguna de las dos cosas.
No encuentro ayuda concreta respecto a mi problema exacto, solo debates en casos de alquileres, operaciones con extranjeros, etc. Tampoco veo claro si el límite de los 3.000 euros se refiere a un total de 3.000 euros en un mismo año o a operaciones superiores a 3.000 euros de forma individual, es decir que haya por lo menos una factura de 3.000 euros en ese año natural. En mi caso claro que le he cobrado al cliente más de 3.000 euros... pero sumando todas las facturas del año. Ninguna ha llegado a 3.000 por sí misma.
Si ya presenté el 390, la declaración anual del IVA, y no tengo nada que añadir o corregir, ¿debo presentar el 347? Porque como digo ni siquiera el programa parece permitírmelo. ¿Quizá detecta por mis datos que no debo hacerlo?
Gracias