Ayuda con problema con Hacienda por no presentar la declaración de la renta de 2013
Hola a todos,
Tengo un problema (no presentación de la declaración de la renta) y agradecería un poco de orientación al respecto ya que ando bastante perdido.
El año pasado no realicé la declaración de la renta de 2013 ya que me fié del borrador que hacienda elaboró donde decía que no estaba obligado a declarar y resultó que la empresa donde trabajé no debió enviar la información a hacienda hasta un año después (ese año solo cobré 2 meses de esa empresa y el resto del SEPE).
Hace un par de días recibí una carta certificada de la agencia tributaria donde se me indica que se inicia un "procedimiento de gestión tributaria de comprobación limitada" por estar "obligado a presentar la declaración del IRPF". El plazo de alegaciones es de 10 días hábiles.
Obviamente el error es mío y quiero solventar esta situación lo antes posible realmente no sé qué debo hacer y me planteo estas dudas:
1. ¿Debo presentar un escrito diciendo que renuncio a alegar? (entiendo que esto agilizará el tema)
2. ¿Antes de que finalicen esos 10 días puedo realizar el pago de lo que me piden (son unos 1100 euros) o hay que esperar a finalizar el periodo de alegaciones? ¿Cómo lo debo hacer?
Por si necesitais más datos la carta dice:
"La Administración realiza la propuesta de liquidación provisional que se adjunta, de acuerdo con los datos que obran en nuestro poder y las imputaciones realizadas por terceros ya que al día de hoy, no consta que haya presentado declaración del IRPF correspondiente al ejercicio de 2013.
Al tratarse de una propuesta, antes de dictar liquidación provisional se le pone de manifiesta el expediente para que si lo considera conveniente, formule las alegaciones y presente los documentos justificantes que estime pertinentes.
Con la notificación de la presente comunicación se inicia un procedimiento de gestión tributaria de comprobación limitada, procedimiento que puede finalizar con la práctica de una liquidación provisional
El alcance de este procedimiento se circunscribe a la no presentación de su declaración. En concreto: constatar que, con los datos que dispone la administración, usted está obligado a presentar la declaración del IRPF"
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Por cierto en este enlace leo lo siguiente:
En papel, desde el 5 de mayo, en las oficinas de las entidades financieras colaboradoras
El servicio de confirmación del borrador seguirá disponible por Internet hasta el 31 de marzo de 2015 para declaraciones fuera de plazo.
Muchas gracias