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Disolución sociedad

1 respuesta
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#1

Disolución sociedad

Buenas tardes, mi consulta es la siguiente:

Tengo acciones en una sociedad por importe de 200.000 euros. Con motivo de la disolución de dicha sociedad, se me adjudica un inmueble por valor de adjudicación de 300.000 euros y una hipoteca del inmueble de 150.000 euros.

Cómo debería tributar en el IRPF?

¿El valor de transmisión serían los 300.000 euros o tendría que tener en cuenta la hipoteca (300.000-150.000)?

Gracias

#2

Re: Disolución sociedad

Hola sarabr, 

tributaría en concepto de ganancia o pérdida patrimonial y considero que el valor de la hipoteca minoraría el valor de transmisión. 

Art. 37.1 e) LIRPF "En los casos de separación de los socios o disolución de sociedades, se considerará ganancia o pérdida patrimonial, sin perjuicio de las correspondientes a la sociedad, la diferencia entre el valor de la cuota de liquidación social o el valor de mercado de los bienes recibidos y el valor de adquisición del título o participación de capital que corresponda".