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Fiscalidad acciones y derechos
Duda fiscal sobre ampliación quabit.
Si he suscrito su ampliación de capital, A la hora de computar el valor de adquisición de las acciones antiguas,¿hay que descontarle el precio del derecho (0,014)? De igual manera que cuando nos den las nuevas, ¿como valor de adquisición hay que sumárselo (0,045+0,014)?
Gracias