Modelo 720: ¿hay que incluirlo en Custodia de Oro en otros países?
Tengo una duda creciente, concretamente las compras de oro realizadas en Lingoro u otro operador online que custodian a tu nombre en Cajas de Seguridad en Suiza, Francia etc. habría que incluirlas en el 720 que estamos haciendo por éstas fechas?
En teoría el oro, joyas. vehículos etc. están exentos según la normativa, pero dado que no se encuentra situado en España y al fin y al cabo es un bien a tu nombre en el extranjero me surje la duda, y con las temibles sanciones casi mejor declararlo, pero apenas hay datos a aportar y el importe para compras se transfiere a una cuenta en España a nombre del operador con el identificativo de tu usuario únicamente, aunque una vez adquirido se deposita a tu nombre en dichas cajas. Tampoco se en que apartado cabria incluirlo, ni saldos medios, dirección, etc etc, A ver si alguien puede aportar algo.