Hola, la consulta que realizas es algo complicada.
Si eres arrendatario de un local u oficina tendrás unas facturas que tienen IRPF e IVA.
El IRPF lo declaras en el modelo 115 y el anual 180.
El IVA lo declaras en el modelo 303. Para ti es una factura recibida, es decir, te lo deduces. Además tendrás que presentar el modelo 390 anual. No entiendo bien cuando dices que lo has pagado. Quizá es porque estas facturas forman la suma de otras de tu actividad que el resultado final sea a pagar.
Tú no emites las facturas, es el propietario, así que es quien tendrá a su vez que presentar su modelo 303 pero en su caso será a pagar.
Independientemente de esto, si el resultado del mod 303 es negativo en este cuarto trimestre puedes solicitar la devolución. No hay que hacer nada en especial. Sólo marcar la casilla de devolución y anotar la cuenta bancaria. Sólo se puede solicitar en este trimestre.
Saludos,