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Modelo 347 - duda

12 respuestas
Modelo 347 - duda
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#1

Modelo 347 - duda

Buenas tardes una duda que me ha surgido confeccionando el modelo 347.

La compra de una propiedad en subasta, entiendo que hay que declararla en el modelo por superar el importe fijado, pero ¿la operación con quien se realiza con el juzgado que lo tramita, con la parte ejecutada o con la parte ejecutante?

Saludos y gracias.

#2

Re: Modelo 347 - duda

En mi opinión, con la parte ejecutada.

Un saludo.

#3

Re: Modelo 347 - duda

en principio yo pienso igual.

saludos

#4

Re: Modelo 347 - duda

y si por ejemplo la parte ejecutada está fallecida? es decir procedimiento de ejecución de título judicial contra herencia yacente de XXXX XXXXXX. seguiria realizandose la operación con la parte ejecutada?

saludos

#5

Re: Modelo 347 - duda

no lo tengo del todo claro...

#6

Re: Modelo 347 - duda

No creo que hayas adquirido una propiedad de una persona fallecida.

Desde el momento del fallecimiento deja de ser propietario y lo es la herencia yacente.

Un saludo.

#7

Re: Modelo 347 - duda

la propiedad la sacó a subasta la comunidad de propietarios por los impagos (normal está fallecida), y yo me lo adjudiqué.

en esta compra con quien se realiza la operación? con la herencia yacente del fallecido? la parte actora? juzgado que lo tramita?

saludos

#8

Re: Modelo 347 - duda

Como ya he comentado, con la parte ejecutada.

Y se supone que lo es la herencia yacente. Tu no has adquirido ninguna propiedad ni a la comunidad de propietarios ni al juzgado porque nunca han sido ni serán propietarios del inmueble.

Y todo claro, salvo mejor opinión.

Un saludo.

#9

Re: Modelo 347 - duda

Todo claro, y si por ejemplo la herencia yacente era de DON FULANITO Y DOÑA MARIA? atribuyo la mitad del importe total de la compra a la herencia yacente de DON FULANITO y la otra mitad a la herencia yacente de DOÑA MARIA?

Para rizar más el rizo, sino dispongo del D.N.I de ninguno de ellos? Como lo declaro? En el testimonio de adjudicación que dicta el Juzgado no figura por ninguna parte, solamente dispongo de la nota simple actual en la que figura la nueva propietaria, pero no la anterior.

Saludos

#10

Re: Modelo 347 - duda

Sin conocer en profundidad el asunto que estás planteando, es que puede darse el caso de que no tengas obligación de declararlo en el modelo 347 en base a:

Artículo 33 Contenido de la declaración anual de operaciones con terceras personas
(...)
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, quedan excluidas del deber de declaración las siguientes operaciones:

a) Aquellas que hayan supuesto entregas de bienes o prestaciones de servicios por las que los obligados tributarios no debieron expedir y entregar factura(...)

Fuente: Reglamento General de Actuaciones y Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria.

Y siempre que el inmueble lo hayas dedicado a tu actividad económica y no para uso particular. En este último caso, tampoco existiría obligación de incluirlo en el 347

Un saludo.

#11

Re: Modelo 347 - duda

en este caso la mercantil se dedica a la compra-venta de inmuebles, por lo que las compras son existencias, y entiendo que si deben declararse en el 347.

no se expide factura por la compra, el juzgado entrega el título de propiedad, y en base al precio de adquisición se tributa en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 600).

saludos y gracias

#12

Re: Modelo 347 - duda

Pues si no tienes DNI de los propietarios ni NIF de la herencia yacente, no veo la posibilidad de que puedas declararlo.

Pienso que hay que declarar dos datos fundamentales: NIF e importe. Y es obvio que careces de uno de ellos.

Un saludo.

#13

Re: Modelo 347 - duda

Pues voy a rizarlo un poco mas, y si el inmueble es adquirido en un procedimiento de division de cosa comun? Es decir parte actora y parte ejecutada son propietarios del inmueble? Entiendo que la operacion se realizaria con parte actora y ejecutada no?

Saludos