Re: Reducción por amortización de vivienda en alquiler de vivienda (yo soy el casero)
Si no estoy equivocado, el pacto de mejora tiene que ver con el Impuesto de Donaciones o Sucesiones y no interviene para nada en el IRPF.
Desde el momento que ese piso es de tu propiedad, entonces sí que debes de declararlo en el IRPF como renta imputada en el caso de que esté vacío o como rentas inmobiliarias en el caso de que lo hayas alquilado.
Pero si efectivamente el piso es consecuencia de una donación/sucesión, ese piso solamente es tuyo aunque estuvieses casada. Es un bien privativo y tu cónyuge no tendría ingresos de ningún tipo. Todos los rendimientos, serían tuyos solamente.
No es el mismo caso de Josep_and en que el piso es al 50% de cada cónyuge.
Pero a lo peor me estoy liando y te estoy equivocando. Es un tema peculiar de Galicia.
Un saludo.