Buenos días,
Si me permiten, me gustaría plantear una duda relacionada. Mi padre falleció durante el ejercicio fiscal 2015, y mi madre heredó la vivienda habitual (que era propiedad al 100% de mi padre hasta su muerte) y el 50% restante de una segunda vivienda que tenían a medias.
La información fiscal que tiene la Agencia Tributaria refleja perfectamente el cambio en la vivienda habitual (es decir, los días de 2015 en los que cada uno de ellos fue titular de la misma al 100%). Sin embargo, en la segunda vivienda, sigue apareciendo una titularidad al 50% para los 365 días del año 2015, lo que a mi entender es incorrecto.
Debo corregir esta información al presentar la declaración, o es correcto (entendiendo que en 2016 ya el 100% de la titularidad y del usufructo corresponderán a la heredera)? En caso contrario, la corrección a aplicar en el caso del fallecido es obvia (cambiar el número de días de usufructo de 365 al correspondiente), pero para el caso de la heredera debería prorratear (encontrar días equivalentes al 100% del usufructo dividiendo por dos los días de usufructo compartido y añadiendo este número de días al total real de días de 100% de titularidad). Cuál es la opción correcta?
Muchas gracias de antemano