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Deducción por guardería en Aragón

5 respuestas
Deducción por guardería en Aragón
Deducción por guardería en Aragón
#1

Deducción por guardería en Aragón

En Aragón se puede desgravar el 15% de las cuotas de guardería, con las siguientes condiciones:

“1. Los contribuyentes podrán deducir el 15 por 100 de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo por los gastos de custodia de hijos menores de 3 años en guarderías o centros de educación infantil, con un máximo de 250 euros por cada hijo inscrito en dichas guarderías o centros. Serán requisitos para la práctica de esta deducción los siguientes:
a) Para la aplicación de la presente deducción solo se tendrán en cuenta aquellos descendientes que den derecho a la aplicación del mínimo por descendientes en el artículo 58 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de otras leyes reguladoras de impuestos.
b) Que la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro sea inferior a 35.000 euros en declaraciones individuales, e inferior a 50.000 euros en declaraciones conjuntas, siempre que la base imponible del ahorro, sea cual sea la modalidad de declaración, no supere 4.000 euros.

2. Cuando los hijos que den derecho a la deducción convivan con más de un contribuyente, el importe de la deducción se prorrateará por partes iguales.

3. El límite de la misma, en el período impositivo en el que el niño cumpla los 3 años de edad, será de 125 euros.

4. A los efectos de aplicación de esta deducción, se entenderá como guardería o centro de educación infantil todo centro autorizado por el Departamento competente en materia de Educación que tenga por objeto la custodia de niños menores de 3 años.”

Mi duda es si se puede aplicar esta deducción uno de los miembros de la pareja que haga declaración individual y cuya base liquidable sea menor de 35.000€, siendo que el otro cónyuge tiene una base liquidable mayor de 35.000€ y, según el condicionante, habría que prorratear a partes iguales.

¿Alguien me puede solventar la duda? Gracias.

#2

Re: Deducción por guardería en Aragón

Normalmente si se hace de manera individual es como si cada uno de los cónyuges se llevara la mitad de la deducción. Por tanto independientemente de que uno cobre más o menos de 35.000 euros. Por tanto en este caso solo podrás deducirte tu si hacéis declaración individual.

#3

Re: Deducción por guardería en Aragón

Gracias Marina.

No termino de entender lo que dices. Hacemos declaración individual. Mi cónyuge cumple con las condiciones, pero yo no. Por lo tanto, por un lado ella podría beneficiarse. Pero por otro, la norma dice que hay que prorratear la deducción entre los dos cónyuges. ¿Cómo hago eso si yo no cumplo las condiciones? ¿Aplicando la deducción en la declaración de mi cónyuge, pero contando sólo la mitad de importe de las cuotas?

#4

Re: Deducción por guardería en Aragón

Yo entiendo que se resuelve de la siguiente forma:

Gasto guardería 2015: 2.000 al año (15% de 2.000 = 300 euros)

Cónyuge 1 (40.000 euros): no se deduce.

Cónyuge 2 (25.000 euros): se deduce el 50%, es decir, 150 euros.

 
#5

Re: Deducción por guardería en Aragón

El límite de la misma, en el período impositivo en el que el niño cumpla los 3 años de edad, será de 125 euros.

si mi hija cumplió los 3 años en marzo 2017 , ¿ puedo desgravar los 125 euros en la renta 2107???

#7

Re: Deducción por guardería en Aragón

En el apartado de la guardería cada uno se pone el 50% de lo que habéis pagado. Si pasas del límite verás en el resultado de la declaración que tu cónyuge tendrá la deducción aplicada y tu no.