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IRPF vivienda habitual en Cataluña, pero empadronamiento en Andalucía

13 respuestas
IRPF vivienda habitual en Cataluña, pero empadronamiento en Andalucía
IRPF vivienda habitual en Cataluña, pero empadronamiento en Andalucía
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#1

IRPF vivienda habitual en Cataluña, pero empadronamiento en Andalucía

Buenos días,

Un familiar tiene la siguiente situación:
Tiene un piso en venta (vivienda habitual) en Cataluña, por motivos familiares fue a vivir a Andalucía a mediados de mayo 2007 (a casa de sus suegros) y cometió el fallo de empadronarse allí.
Este tiempo se ha ido desgrabando la hipoteca del piso de Cataluña, ya que está en venta para poder comprarse otra vivienda en Andalucía y esta no está ni alquilada ni nada y sigue viviendo en casa de sus suegros.
El problema viene cuando estos días le ha llegado una carta de hacienda reclamándole: justificantes del pago de la hipoteca, escritura de compraventa, empadronamiento histórico,...claro ven que los 365 días vive en Andalucía.
Me han dicho que hacienda mirará el empadronamiento y como no viva en Cataluña los 180 y pico días mal, mi preguna es, no puede justificarse que vive en casa de sus suegros con ellos, enseñando la escritura de la vivienda ya que hasta que el piso no se venda no hay otra?y que en todo este tiempo lo único que ha hecho es intentar vender el piso, pero ya sabemos todos como está el patio.
Por favor necesito vuestra ayuda para informar a mi familiar.
Muchas gracias.

#2

Re: IRPF vivienda habitual en Cataluña, pero empadronamiento en Andalucía

El problema no es solo el empadronamiento. Ha estado deduciendo por la adquisición de una vivienda que ya no es la habitual. El empadronamiento por si mismo no es prueba, si bien sí se tiene en consideración. Debería de poder probar que esa vivienda es la habitual, pero no parece el caso.

La solución que le van a dar es que devuelva esas deducciones, más los intereses, y una posible sanción. Y personalmente no veo otra posibilidad.

Saludos.

#3

Re: IRPF vivienda habitual en Cataluña, pero empadronamiento en Andalucía

OOHHH!!El fallo que cometió fue empadronarse verdad?
Pero no hay manera que demostrando con un certificado de convivencia de casa de sus suegros demuestre que viven todos allí, suegros incluídos?y no pueden comprar o alquilar nada hasta que vendan el piso de Cataluña.
Al.rodrigo, podrías decirme más o menos los intereses que cobran y cual sería esa posible sanción?el año 2007 hay que mirar segun el día que se empadronó, puede que aún se salve pq se fue a mediados de año y el 2008 todo entero vivió en Andalucía.
Por cierto para considerarse residencia habitual cuantos días al año hay que demostrar que se reside en ella?
Muchas gracias.

#4

Re: IRPF vivienda habitual en Cataluña, pero empadronamiento en Andalucía

.......... Por cierto para considerarse residencia habitual cuantos días al año hay que demostrar que se reside en ella?

La mitad + 1, o sea 183 días.

Uno puede vender o no vender la casa, pero a partir del momento en que deja de residir habitualmente en ella, y “habitualmente” son 183 días al año, tiene que dejar de desgravar, porque la desgravación responde a la consideración de vivienda habitual, al haber ido a Andalucía esta vivienda se ha convertido en “otras viviendas” por tanto sin derecho a deducción a partir de dicho momento.

#5

Re: IRPF vivienda habitual en Cataluña, pero empadronamiento en Andalucía

Gracias W. Petersen, pero lo pregunto por el año 2007 que no se exactamente cuando se empadronó en Andalucía, si se da el caso que llevaba como mínimo 183 días en Cataluña, puede desgravarse el año entero o hasta el mes que está empadronado en Cataluña?
Gracias.

#6

Re: IRPF vivienda habitual en Cataluña, pero empadronamiento en Andalucía

Mi nombre es Xavier (W. Petersen es por Grissom del CSI Las Vegas), la verdad es que no te sé contestar, si solo puedes desgravar una parte de la hipoteca, a ver si al Rodrigo puede indicarte.

#7

Re: IRPF vivienda habitual en Cataluña, pero empadronamiento en Andalucía

Muchas gracias Xavier, pues a ver si contesta y sabe decirme la consulta sobre el 2007.
Nos vemos por el foro, pq no voy mucho a Mollerusa!jejeje!
Gracias.

#8

Re: IRPF vivienda habitual en Cataluña, pero empadronamiento en Andalucía

Como bien dice Xavier, desde el momento en que se deja de residir en esa vivienda, deja de ser habitual. Lo más probable es que se fijen en la fecha de empadronamiento... pero puestos a enrevesar, podrían llegar a solicitar facturas de teléfono, luz, gas, agua... para intentar adivinar otra fecha anterior.

Otro tema sobre el que no facilitas información. Hay que tener claro que para que una vivienda se consolide como habitual, debe de residirse en ella, al menos, un plazo ininterrumpido de 3 años, salvo alguna excepción que marca la Ley. En el caso de no consolidarse como habitual, podría estar obligado a devolver todas las deducciones practicadas por la adquisición de esa vivienda.

Desde la fecha que se determine que dejó de ser habitual habrá que devolver esas deducciones... y además habrá que incorporar una renta inmobiliaria imputada por el 2% (o el 1,1%) del valor catastral.

Los tipos de interés a aplicar son los de demora. El 6,25% en 2007 y el 7% en 2008 y 2009. La sanción depende de muchos factores, entre ellos la graduación que den a la infracción.

Saludos.