Duda ret. a cta. de beneficios por la vta. o amortización de bonos
Saludos!
El año pasado vendí(mos) pagarés de Banesto y obs. bonif. de Audasa. Parece que estas ops. no llevan ret. a cta. ¿Qué ventas o amortizaciones de bonos sí la llevan?
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Por otra parte, esta plusvalías (o minusvalías) se declaran junto con dividendos, interéses de ctas. o depósitos y cupones. Entiendo que las péridas se compensan entre sí. ¿Pero si las pérdidas exceden a los beneficios(*) en este apartado, pueden compensarse en ejercicios posteriores?
¿Por qué no se trata a los bonos como a las accs.?
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(*) Es fácil tener pérdidas si se compra un producto con una vida larga más ptos. sobre la para del cupón que da en el año de amortización. Por ejemplo, un bono a 10 años comprado al 107% que pague un cupón del 3% en enero y otro del 3% en julio. El año de su amortización en enero el cupón sería un 3% pero se amortizaría 7 ptos. por debajo de su precio de adquisición.