R 2015 Subvenciones agricultura por la PAC. Aragón.
En la pág 319 del Manual de Renta 2015 explica que las subvenciones de aplicarán proporcionalmente a los ingresos totales del resto de los cultivos. Pero, en principio, las subvenciones siempre están referidas a cultivos susceptibles de recibirlas: herbáceos, olivo, almendro.. NUNCA (que yo sepa) a cultivos frutícolas.
¿Qué hacer son esas subvenciones: prorratearlas entre todos los ingresos de toda la actividad (incluída la frutícola) o sólo entre los ingresos de los cultivos susceptibles de Ayuda PAC.?
Alguien tiene una opinión formada respecto a este tema?.
Muchas gracias.