Convivencia con Ascendientes deducción minimo personal y familiar
Si un Contribuyente tiene a su madre de 91 años conviviendo en su domicilio desde el año 1990 hasta hoy, tiene derecho a esa deducción, aún cuando la madre viuda siga empadronada en su domicilio anterior, el ascendiente cumple todos los requisitos a efectos de ingresos anuales.
Saludos cordiales