Imagina que haces una compraventa con SAN de 100 acciones y obtienes una ganancia de 500 euros.
A la semana después de la fecha de venta anterior, vuelves a comprar otras 100 acciones. Las vendes al cabo de un mes con una pérdida de 300 euros.
Tienes que dejar transcurrir dos meses desde la última venta para poder compensar los 300 euros.
En el caso de que hagas recompra, esa pérdida la declararás pero te quedará pendiente hasta que se cumpla el requisito de dos meses.
Por tanto, no es que nunca vayas a poder compensar esos 300 euros, sino que lo podrás hacer cuando vendas el valor y no lo recompres en dos meses.
Como esta norma puede ser bastante difícil de manejar, una solución puede ser dejar el valor a cero acciones durante dos meses. Te podrás compensar todas las pérdidas, obviamente si tienes ganancias suficientes. En el caso de que no las tuvieras, lo podrías hacer en los cuatro años siguientes.
Un saludo.