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Doble imposición en el dividendo por activos de empresas extrangeras

5 respuestas
Doble imposición en el dividendo por activos de empresas extrangeras
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Doble imposición en el dividendo por activos de empresas extrangeras
#1

Doble imposición en el dividendo por activos de empresas extrangeras

Hola,
Opero a través trader on line.
He preguntado alguna vez como se puede evitar la doble retención que se produce al cobrar un dividendo de unas acciones de una empresa por ejemplo Alemana o Americana.
La respuesta a sido la callada.

¿Alguien sabe alguna manera de evitar el cobro de intereses por parte del estado soberano de la empresa de la que recibo el dividendo?

o bien, ¿Alguien sabe decirme si hay alguna manera para evitar esta retención a traves de la declaración del IRPF?
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#2

Re: Doble imposición en el dividendo por activos de empresas extrangeras

Cuando inviertes en valores extranjeros, en el cobro de los dividendos no tienes forma de evitar la doble retención. Pero sí puedes conseguir, si existe Convenio firmado, que la retención en el país de origen se limite al 15% o solicitar la devolución del exceso sobre ese porcentaje.

Para los países citados, Alemania y Estados Unidos, existe convenio firmado.

Con Alemania, debes de solicitar que te practiquen el tipo reducido con un documento denominado DBA-SPANIEN/Kapitalerträge, que te facilitan en cualquier delegación de la Hacienda española y que debes enviar al Bundesamt für Finanzen-Bonn-Bad Godesberg. Quizá toda esta tramitación te la haga tu broker.

Te pego enlace al propio convenio firmado con Alemania:

http://documentacion.meh.es/doc/C6/CDI/BOE_Alemania.pdf

Y a la orden que regula los formularios:

http://documentacion.meh.es/doc/C6/CDI/OrdenNov1975_Alemania.pdf

Con Estados Unidos el formulario es el W-8BEN, que debes remitir al agente de retención, por correo, si bien tu mediador financiero puede facilitártelo. Te pongo enlace al convenio firmado entre España y Estados Unidos, enlace con el formulario W-8BEN en castellano y enlace con las instrucciones en castellano del formulario:

http://documentacion.meh.es/doc/C6/CDI/BOE_EEUU.pdf

http://smallbiz.fleet.com/espanol/creditcards/pdf/nsbw_form_sp.pdf

http://smallbiz.fleet.com/espanol/creditcards/pdf/W8instructions_sp.pdf

Como residente en España debes hacer la declaración de la renta en España. La retención española la considerarás igual que cualquier otra retención, como un pago a cuenta y además tienes una casilla denominada deducción por doble imposición internacional. Puedes deducir de tu cuota la menor de las dos cantidades siguientes:

- Impuesto pagado en el extranjero (retención practicada en el extranjero).

- Resultado de aplicar el tipo medio efectivo a la parte de la base liquidable gravada en el extranjero. Aquí tendrás que tener cuidado si parte de tus dividendos están exentos, para lo que tienes que haber mantenido las acciones al menos un año antes del cobro o sino un año después.

Saludos.

#3

Re: Doble imposición en el dividendo por activos de empresas extrangeras

En relación a este tema, sería interesante conocer si alguien tiene experiencia con la tramitación de este tipo de formularios con los brokers más habituales (ING, Renta 4, etc.)

¿Ponen facilidades? ¿es posible gestionar este derecho en las cuentas omnibus (habituales en la operativa con el extranjero)? ¿es ágil su tramitación? ¿vale una por país o hay que hacerlas por valores?, ¿merece sólo la pena en valores para mantener muchos años?, etc.

En fin, agradecería mucho que alguien contase sus experiencias. Gracias.

#4

Re: Doble imposición en el dividendo por activos de empresas extrangeras

El Broker de Bankinter se encarga de gestionar los formularios de EE.UU. A mi me retienen sólo el 15% en origen... Se trata de un único formulario por pais que aparece en la propia página web.

#5

Re: Doble imposición en el dividendo por activos de empresas extrangeras

Interesante, gracias.

#6

Re: Doble imposición en el dividendo por activos de empresas extrangeras

Habláis mucho de los dividendos, pero ¿y si es una simple compraventa?

Guía Básica