Empadronamiento desde el 2013 con todos los consumos a mi nombre, electricidad, teléfono, cuotas comunidad con consumo de agua y calefacción, etc, por aquí no hay problema, pero la única duda que me surge es esto que leo en la Ley:
"Para que la vivienda constituya la residencia habitual debe ser habitada de manera efectiva y con carácter permanente por el propio contribuyente en un plazo de doce meses, contados a partir de la fecha de adquisición o terminación de las obras, sin que, en este caso, pierda la vivienda el carácter de habitual cuando se produzca alguna de las circunstancias indicadas anteriormente o se disfrute de vivienda habitual por razón de cargo o empleo y la vivienda adquirida no sea objeto de utilización, en cuyo caso el plazo antes indicado comenzará a contarse a partir de la fecha del cese."
Y en el año 1985 fecha que compré esa casa, estuve viviendo dando alta los servicios de electricidad, agua, teléfono, etc, a mi nombre con la salvedad de que no me empadroné allí y no guardo facturas/contratos de esa fecha. ¿Hacienda entra en este detalle teniendo en cuenta que hablamos de 1985? ¿Cómo podría demostrar esta ocupación efectiva?
Un saludo