Complementaria por atrasos
Buenos dias. Tengo que hacer declaraciones complementarias por atrasos del 2012, 2013 y 2014. Como se pueden hacer si ya no es posible utilizar el programa PADRE para hacer envios? Un saludo y gracias
Buenos dias. Tengo que hacer declaraciones complementarias por atrasos del 2012, 2013 y 2014. Como se pueden hacer si ya no es posible utilizar el programa PADRE para hacer envios? Un saludo y gracias
Si las originales se confeccionaron con el PADRE y dispones en tu ordenador de dichas declaraciones, lo mas sencillo es en cada ejercicio del PADRE ( Cada ejercicio tiene un PADRE distinto) , obtener un duplicado de la original y sobre este duplicado , marcar la condicion de complementaria e incluir los importes de los atrasos.
Se imprimen y se presentan al pago, en tu Administracion Tributaria o en una Entidad Bancaria.
Saludos
Muchas gracias. Habia leido que ya en este año ya no habia programa PADRE y entendi que no podia presentar nada en el PADRE de otros ejercicios.
Asegúrate de que esos atrasos deban incluirse en complementarias y no en el año de cobro.
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.
Gracias. Sí, son complementarias. Se llegó a juicio para cobrarlos.
Pues si se llegó a jucio, puede que sean rentas del año en que el juicio ganó firmeza, en cuyo caso pudieran tener una reducción a la hora de tributar.
Mira lo que dice Hacienda:
https://www2.agenciatributaria.gob.es/ES13/S/IAFRIAFRC12F?TIPO=R&CODIGO=0136370
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.