Conveniencia fiscal de solicitar devolución extrajudicial de clausula suelo en 2018
Buenas, mi duda es, si como pienso,me interesa fiscalmente solicitar la devolución de lo cobrado de más por las clausulas suelo en 2018, y no en este 2017, ya que mi caso es el siguiente: Desde que formalicé mi hipoteca en el año 2008, he tenido clausula suelo del 3% la cual desconocía y no fui cosciente de ella hasta años mas tarde cuando el euribor bajó del 3%, la cual se me siguió aplicando hasta noviembre de 2013, en que mi banco decidió retirarla y dejaron de aplicármela, si yo solicitara la devolución este año y llegase a un acuerdo extrajudicial para la devolución de las cantidades cobradas de más desde 2008 hasta noviembre de 2013, en la declaración del año que viene, tendría que devolver lo deducido de más por esos 10 meses de 2013, ya que al haber llegado a un acuerdo en el año 2017, los años no prescritos serían 2017,2016,2015,2014,2013, y como a partir de noviembre de 2013 ya no tuve clausula suelo tendría que regularizar dichos 10 meses. En cambio si me esperase a 2018 para presentar la devolución extrajudicial y llegase a un acuerdo, los años no prescritos serían 2018,2017,2016,2015 y 2014, en los cuales ya no tenía clausula suelo y por tanto no tendría que llevar a cabo ninguna regularización fiscal, ahorrándome por tanto la devolución de lo deducido de más en esos 10 meses de 2013.
¿Es esto correcto? ¿Debería esperar a 2018, ya que en teoría no hay límite para solicitar la devolución?
Muchas gracias de antemano.