#17
Re: Modelo 720 cuentas bancarias
a) No, porque ni tenías más de 50.000 euros a 31 de diciembre ni tu saldo medio del último trimestre es superior a esa cantidad.
b)ya he comentado en el foro que creo que hay que presentar la declaración cuando cancelas una cuenta o vence un depósito que tuviste la obligación de declarar anteriormente, aunque ya no superes los 50.000. De hecho, cuando rellenas el 720, te da 3 opciones para elegir la razón por la que incluyes un determinado depósito/cuenta: primera vez por ser más de 50.000, posteriores por incrementos de 20.000, y por cancelación.