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Alquiler Vacacional turistico tributacion
Hola, en el caso del alquiler vacacionan, aqui en Canarias obligan a darse de alta en el IGIC (impuesto indirecto equivalente al IVA). Lo que no se es si por tener una vivienda que se dedique a esa activiad, hay que darse de alta en la hacienda estatal en algún epigrafe, y también hay que darse da alta en la seguridad social.
Supongo que no hay que darse da alta, y los rendimientos que se obtengan tributan en la renta como rendiemientos inmobiliarios.
Lo que si habra obligacion de liquidar trimestralmente el IGIC (IVA)..
A ver si alguien me puede orientar, por que en el alquiler vacacional (turistico) todavia no esta todo claro.
Gracias