Algo que por lo visto no le ha parecido importante a nadie (vengo del blog de bankinter, "Fiscalidad de las acciones para 2016", y ni lo nombra) es que se ha limitado (reducido) la posibilidad de compensar pérdidas por la venta de acciones con los rendimientos del capital mobiliario (y viceversa) . En concreto, el máximo que puedes compensar ahora es el 15% de las rentas. Si tienes minusvalías en acciones y tienes pocos dividendos o los raquíticos intereses de algún depósito, y te los limitan al 15%, te comes la minusvalía.
Otra vuelta de tuerca de Hacienda que ya nos quitó la exención de los primeros 1.500€ de dividendos, que compensaba a los pequeños inversores por la doble imposición de los beneficios empresariales (primero Impuesto de Sociedades, y sobre lo que queda IRPF) .
Y lo peor no es que no te enteres que el programa te esté aplicando el límite. Es que como no estés atento, no te das cuenta que te quedan minusvalías para compensar en los años siguientes. Porque eso sí, Hacienda tiene un ordenador enorme, pero las minusvalías pendientes, a pesar de que las conoce "de primera mano", no esperes que te las recuerde el año que viene en los datos fiscales que te comunica.