Duda Aire Acondicionado conductos y otros gastos deducible arrendador
Buenas tardes.
En 2009 compre un piso, nada mas comprarlo instale maquina de aire acondicionado de conductos, estando la pre-inslalacón ya realizada cuando se construyo.
Años despues he alquilado el piso por motivo cambio de domicilio que realice por tema laborales.
Mi duda surge en como incluir el importe del Aire Acondicionado como gasto deducible, si como mobiliario (10%) o incrementando el coste de adquisición de la vivienda (3%).
Realice consulta telefónica a Hacienda y la chica que me atendió me dijo que es correcto incluirlo en el coste como mayor gasto de adquisión del piso y a partir de ahí deducir el 3 % como amortización de la adquisión de la vivienda.
¿ Algun forero puede aclarar el asunto o sabe de alguna consulta vinculante realizada a Hacienda por este asunto?
Otra consulta, ¿ Sabeis si el certificado energético, necesario para alquilar la vivienda, se puede incluir como gasto deducible del alquiler?
Ya por último, ¿ Sabeis que viene a ser concretamente el gasto deducible correspondiente a titularidad de un derecho o facultad de uso o disfrute respecto a rendimientos del capital inmobiliario?
Gracias por las posibles respuestas, un saludo.