Indemnización por despido improcedente sin reclamación por parte del trabajador, ¿tributa?
Hola,
El año pasado me despidieron y cobré la indemnización correspondiente. El despido era improcedente, pero yo no puse ninguna reclamación, denuncia ni obstáculo a la empresa (y por tanto no acudimos a ningún juicicio ni acto de conciliación) dado que me pagaron lo correspondiente en arreglo a la ley.
He leído que aunque mi indemnización no debría tributar (ya que no está por encima del límite de 180.000€ ni por encima de lo que marca el estatudo de trabajadores en relación a días de indemnización por año trabajado), el hecho de que yo no "denunciara" a la empresa hace que tenga que tributar en la renta, dado que la Agencia Tributaria entiende que hubo "pacto" o "acuerdo" entre ambas partes.
¿Esto es así? ¿Tengo que tributar esa indemnización sí o sí según la ley?
Gracias de antemano.