En los datos del menor, ambos progenitores deben poner que, éste, forma parte de su unidad familiar, además de la situación D-3, e indicar el NIF del otro progenitor.
Cuando vamos a presentar la declaración es cuando sólo uno de los dos padres puede hacerla conjunta con el menor.
Hacer declaración conjunta quiere decir que ambos, el contribuyente y su descendencia, son "titulares" de la citada declaración y, si el menor tiene ingresos (por ejemplo, intereses de una cuenta bancaria que le abrieron los abuelos al nacer), hay que incluirlos. Si haces la declaración individual, el niño no será titular de la misma (es decir: aunque, al principio, he puesto que forma parte de mi unidad familiar, luego no lo he incluido como tal; lo hace sólo el otro progenitor, que sí ha hecho declaración conjunta).
Pero, haciéndolo así (poniendo ambos al principio que el descendiente forma parte de la unidad familiar, independientemente de qué tipo de tributación escojan a la hora de presentar la declaración), el mínimo familiar por descendientes se prorrateará entre los dos, como dice la Ley que debe hacerse, sin que sea posible que lo aplique sólo 1 porque al otro no le afecte.
En cuanto a la reducción por tributación conjunta (que es un concepto diferente al del mínimo por descendientes), ninguno de los padres tiene derecho a aplicarla (haga declaración individual o conjunta) si convive con el otro progenitor.
Es muy importante que sólo uno de los dos haga declaración conjunta con el hijo (o, incluso, si son declaraciones "normales", en las que el tipo de tributación no afecta, yo diría que mejor hacerlas individuales las dos) porque ha habido problemas con las becas cuando los dos padres han hecho tributación conjunta con el mismo hijo (encima de que eso no les beneficiaba ni les modificaba el resultado): a la Comunidad Autónoma le aparece que, el niño, forma parte de 2 unidades familiares, que está en 2 rentas, y, como eso no es posible, paralizan la tramitación de la beca hasta saber cuál es la declaración correcta, pero, los padres, van a arreglarlo a la AEAT y resulta que, finalizado el plazo voluntario de presentación de la renta, no es posible cambiar el tipo de tributación. Ha habido gente que ha perdido la beca por hacer esa tontería.