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Deducción autonómica alquiler

3 respuestas
Deducción autonómica alquiler
Deducción autonómica alquiler
#1

Deducción autonómica alquiler

¿Tengo derecho a aplicar la deducción autonómica por un contrato alquiler firmado en septiembre de 2016? En ese piso estuve 6 meses viviendo (septiembre a diciembre 2016 + enero y febrero 2017) por motivos laborales, no se si puedo o no aplicar la deduccion en la declaración de este año. A ver si alguien puede echarme una mano.

Gracias

#2

Re: Deducción autonómica alquiler

La deduccion autonomica de alquiler de vivienda no determina fecha limite de contrato, por tanto si cumples el resto de condiciones, puedes cumplimentar casilla 963 y siguientes.

El programa RentaWeb controla el resto limites y si no te da resultado es que incumples alguno de estos limites.

Saludos

#3

Re: Deducción autonómica alquiler

Gracias por la rapida respuesta. La duda me surge porque según los requisitos de la deduccion autonomica de alquiler (caso Canarias)  dice que se ha de cumplir:


a) Que la base imponible general del contribuyente, casilla 392 de la página 12 de la
declaración no sea superior a las cantidades siguientes:
-20.000 euros anuales en tributación individual.
-30.000 euros anuales en tributación conjunta.
b) Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan del 10 por 100 de la
base imponible general obtenida en el período impositivo.

A estos efectos, el concepto de vivienda habitual será el contenido en la Ley del IRPF. 

 

Con los puntos a y b no tendría problema, pero la frase matiz de concepto de vivienda habitual segun ley IRPF es por lo que me surgen dudas, pues segun esto debería vivir al menos tres años en ella (aunque tiene algunas excepciones, como es el caso de traslado por motivos laborales que es mi caso)

Pero tambien me surge la duda pues en esa casa no he vivido mas de 183 días y no se si esto tambien es un requisito para considerarla habitual.


 

#4

Re: Deducción autonómica alquiler

Ya te he comentado que el Programa RentaWeb se encarga de verificar los limites y aplicarlos cuando tu cumplimentes los datos del propietario y de la renta pagada.

Es un alquiler para utilizarla como vivienda habitual y no de periodo de vacaciones o algo parecido que es lo que no se permite incluir.

Saludos