Re: Donación dinero de padres a hijo
¿Tu resides ya en Baleares? Pues tendrás que aplicar a la donación la normativa de allí, desconozco si están bonificadas en esa CA, lo tendrás que mirar y si hay requisitos que cumplir.
Para tus padres, no hay ningún impuesto que pagar.
Claro que se puede hacer un préstamo, pero es que los préstamos se tienen que devolver, que no parece el caso. Los préstamos están exentos de TPO, no es necesario hacerlos en escritura, pero si se presentan en la oficina de la CA competente.
Un saludo
Re: Donación dinero de padres a hijo
Hola.
En el módelo 600 para préstamos entre familiares a interés cero tengo la experiencia de haber presentado 4 en la delegación de hacienda de canarias, redactaba un escrito de los que abundan en los foros y lo llevaba allí lo registraban y nada más.
Os comento lo que me ocurrió ir hoy : Llevo el quinto caso para presentar el módelo 600 y no me lo aceptaron porque el destinatario del dinero vive en Venezuela( Es correcto es lo que dice la ley) me dice que vaya a la Hacienda Estatal
Y llevo el documento escrito y me dicen que eso no hace falta que en 25 años de experiencia nunca había visto eso ni sabía que era necesario el modelo 600 se lo comentó a 2 compañeros y opinaban igual . les comenté que lo único que intentaba dejar las cosas claras para que no se considerase una donación ni tampoco un increnento del patrimonio, al devolverme mi dinero a mi cuenta , 100.000€. Me soprendió cuando me dijo que al único que debería justificar el dinero es al banco!!!!
Que os parece? !!!!!!!!!
Salud
Re: Donación dinero de padres a hijo
Que quieres que te diga, es posible que seas la primera que lo hace en caso de prestar a un extranjero, (lo que no quita que exista esa obligación en cualquier caso) pero lo importante es que cuando te devuelvan el dinero, no está de mas haber presentado el contrato y el modelo 600 del préstamo, para tenerlo como justificante.
En cualquier caso, si no pertenecen a la inspección de tributos, poco tienen que decir sobre si es necesario o no como justificante, no tienen ni idea del tema y ya está.
Un saludo
Re: Donación dinero de padres a hijo
Tan sólo darte la gracias.
Hay varios Departamentos, varios funcionarios,... es un mundo tienes razón.
De todas formas para estar tranquilo le transmito a mi familiar residente en Venezuela que se dirija al organismo correspondiente
y lo firme y me lo envié tal como me dijeron.
Feliz día y Salud
Re: Donación dinero de padres a hijo
Una pregunta..y perdón si ya se ha dicho mucho pero no acabo de encontrar una respuesta clara:
Caso: Quiero realizar una Donación de dinero (100.000 euros aprox), a mi hijo, para inversión en vivienda. Resido en Andalucía (gravamen alto), y el receptor de la donación, mi hijo, en Madrid, desde hace mas de 5 años.
1 - Si he entendido bien, en este escenario, los impuestos los pagaría mi hijo, no? (un 1% en la comunidad de Madrid, aproximadamente 1000 euros). El donante, en este caso yo, ¿está sujeto a algun tipo de impuesto adicional a pagar en la comunidad donde resido -Andalucía-??
2 - A mi otro hijo, al ser residente en Andalucía, le tuve que hacer un "prestamo" a interes 0% -donación está gravado al 25% si recuerdo bien-. Tendría algún impacto en una futura herencia si uno consta como que ya ha recibido en vida y otro no?.
3 - Me interesaría mas hacerle tambien un prestamo a mi hijo en Madrid? donde se presentaría el famoso modelo600 que leo por varios hilos?
Como buen padre, quiero que mis dos hijos disfruten del mismo confort de vida..desgraciadamente en Madrid todo es mas caro que en Andalucía, especialmente la vivienda, y no quiero penalizarlo en un futuro. Muchas gracias por vuestra ayuda.
Re: Donación dinero de padres a hijo
1. Correcto. Él paga en Madrid y tú nada. Si donaras un piso, surgirían dos plusvalías, la de renta que pagas tú, y la del Ayuntamiento que pagaría tu hijo, pero en caso de dinero no existen.
2. Pues si, las donaciones a hijos se pueden considerar un anticipo de la herencia, se trata del asunto de que sean colacionables o no, es decir, que se tengan en cuenta a la hora de la herencia o no. Para que no lo sea, que lo es por defecto, tiene que decirse expresamente en la donación. No obstante, creo que ahora en Andalucía algunas donaciones si están bonificadas, podrías hacer la donación ahora condonandole la deuda.
3. Puedes hacerle igualmente el préstamo, se presenta en la Oficina competente de Hacienda de la Comunidad de Madrid (no la del Estado). Está exento. Debería hacerse préstamo o donación según se vaya o no a devolver ese dinero.
Un saludo
Re: Donación dinero de padres a hijo
Muchas gracias por la respuesta.
En cuanto a donación de un inmueble entonces las dos posibles plusvalías (renta + la injusta del Ayuntamiento) se pagarían la primera por el donante y la segunda por el donatario, pero siempre sujeto al tipo impositivo de la CCAA donde esté el inmueble, quiero decir, que el hecho de que mi hijo esté en Madrid no generaría ningún beneficio en este caso entiendo.
Otra pregunta ya que estamos, esta de Herencia: en el caso que mi mujer o yo mismo falleciera, la cuenta de valores + el dinero en metálico, el tercio de la legitima que le corresponde por ley a mis hijos y al viudo...cada uno pagaría a razón del impuesto en Andalucía y otro en Madrid, no? o se aplica el tipo impositivo de la CCAA donde reside el fallecido?
Perdonad, igual es mejor que vaya a un asesor para enterarme de todo esto bien.
Re: Donación dinero de padres a hijo
Hola.
Tranquilo!!!
Aquí nuestro interés informar, dar consejos......
Con todo el tiempo que llevo tiempo y los foreros de Rankia me han ayudado muchísimo incluso más que mi gestor que me realiza la Declaración renta... ten en cuenta que esto es un tema bastante complejo dificil de dominar todos los aspectos, aspectos casi opinables al estar casi al límite y muchas veces la decisión la tomas tú con la valiosa información que te prorcionan desde Rankia.
Además no todos tenemos el mismo nivel cultural, académico unos son de letras otros somos de Ciencias para la salud, ni mismo nivel económico. Pero este es nuestro objetivo ayudarnos al máximo dentro de nuestras posibilidadesde conocimiento, tiempo.... Y como no soy la persona apta verás como otro compañero te ayudará lo mismo que hizo conmigo, tema que el gestor no conocía o me daba respuesta incorrecta.
PD. : y no sólo temas de fiscalidad
Feliz día
Re: Donación dinero de padres a hijo
La plusvalía de renta la paga el donante en su declaración de la renta, según la normativa estatal y de su CA.
La del Ayuntamiento, el donatario según la ordenanza del Ayuntamiento donde esté el inmueble.
La herencia COMPLETA se declara y liquida en la CA de residencia del fallecido, con las normas de esa CA que correspondan.
Lo único que difiere en ese caso es la valoración de los inmuebles, cada uno se valorará según las normas de la CA donde esten.
Un saludo
Re: Donación dinero de padres a hijo
Pues muchas gracias, e interesante.
Entonces si la herencia COMPLETA (mobiliario (acciones+dinero) e inmobiliario) se declara y liquida en la CA de residencia del fallecido, interesa mas ejecutar donaciones -no en inmuebles q no es posible- a aquellos hijos que se encuentren en una CA con mejor fiscalidad, en vez de esperar a la herencia donde te puede volar un porcentaje significativo en impuestos.
Re: Donación dinero de padres a hijo
Puede ser que interese
Un saludo
Re: Donación dinero de padres a hijo
Buenas tardes.
- En el caso de que yo conceda un préstamo a mi hijo al 0% y con un determinado vencimiento y yo, como prestamisma, falleciera antes de dicho vencimiento ¿ que repercusion fiscal tendría en mi hijo ? Residimos ambos en la misma Comunidad.
Muchas gracias.
Re: Donación dinero de padres a hijo
Pues que el crédito formaría parte de tu herencia a todos los efectos, incluidos tributarios, y lo recibirían como derecho de cobro tus herederos. Si fuera hijo único, al coincidir prestatario y prestamista en la misma persona, se extingue por confusión.
Un saludo
Re: Donación dinero de padres a hijo
Gracias por la contestación. Me queda una duda de interpretación : Entiendo entonces que si fallece el prestamista (yo) con anterioridad al vencimiento de un préstamo sin intereses y con amortización única , en el que fuera prestatario mi hijo, no habría carga fiscal para él. Y sin son dos hijos con idéntico préstamo, vencimiento e importe,estariamos ante la misma situación de no repercusión fiscal. ¿ Es así o lo he entgendido de forma errónea ?
Muchas gracias por su ayuda.
Hola
Mis padres, que viven en Navarra, quieren darme un dinero (80000 euros) para comprarme un piso en Baleares. ¿Al ser una donacion de dinero los impuestos a tributar por este dinero serian mucho tanto para mis padres en Navarra como para mi en Baleares?
Si los impuestos a pagar son muy algos, cabria la posibilidad de que me hicieran un prestamo a 0% intereses? De este modo cuanto tendriamos que tributar más o menos? En este caso deberiamos hacer un contrato notarial y registrarlo en hacienda?
Gracias de antemano,