Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Madrid
Buenos días. Mi tío falleció hace un par de meses.Tenia conyuge pero no hijos. En su testamento lega a su viuda el usufructo universal de la herencia, y nombra herederos universales, por terceras partes iguales, a sus dos hermanos (un tercio a cada uno), y la tercera parte va a mi hermana y a mi (por mi madre fallecida).
El caudal hereditario no es muy amplio: una vivienda en Madrid, adquirida en gananciales con un valor estimado de 56.000 euros; una casa en un pueblo de Cuenca, privativa suya, con un valor estimado de 20.000 euros, y cuentas corrientes con su viuda con un saldo total de unos 30.000 euros.
Ante esto se me plantean varias opciones:
- Aceptar la herencia y pagar Sucesiones. Esto nos plantea el problema de que mi hermana no anda sobrada de liquidez, y al ser herencia tío-sobrinos supongo que la cuota a pagar sería elevada (es en Madrid).
- Renunciar a la herencia, con lo cual imagino que no pagaríamos ni impuesto de Sucesiones ni Plusvalía. En este caso supongo que mi tía podría hacer un nuevo testamento e incluirnos de nuevo en él. El problema también es que la renuncia sería con escritura pública y tendría un coste.
- No incluir los inmuebles en el caudal hereditario, esperando a que pasen los 4 años de prescripción de Sucesiones. Si Hacienda nos reclama podríamos hacer una renuncia a la herencia en ese mismo momento.
Agradecería mucho consejo sobre cual es la mejor alternativa. Un saludo.