Es que deberás también modificar el Modelo 347 de 2016, con lo que la cosa se complica un poco más. Sin embargo, alega en repetidas ocasiones que el resultado de la declaración se ve inalterado con las modificaciones de bases y la re-consignación de importes en las casillas correspondientes.
Escribe también que se debe a un error de cumplimentación y que vuestra sociedad, sin ningúna deuda pendiente con la Agencia Tributaria (adjunta certificado de estar en regla con las deudas tributarias) ni con la Seguridad Social (adjunta certificado de la SS de estar al día de las cuotas sociales), desea modificar estos modelos en su afán de mostrar la imagen fiel de la empresa ante sus acreedores y la administración pública.
Sobre sanciones, no te podría decir nada al respecto por no poner la mano en el fuego.
Pienso que no, aunque no te garantizo nada.
¡Saludos!