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Impuesto de donación

3 respuestas
Impuesto de donación
Impuesto de donación
#1

Impuesto de donación

Hola tengo un hijo de 18, en su día fuimos metiéndole los ahorros en un plazo fijo de 30000 € y una cuenta corriente de 5000 € , en ambos casos estaba el chico como cotitular con nosotros, los padres.

Mi pregunta es cuál es el sistema menos gravoso fiscalmente  para que el chico pueda hacer uso de ese dinero.

#2

Re: Impuesto de donación

Es habitual en la vida diaria, por poner un ejemplo,  que padres e hijos compartan titularidades en las cuentas familiares, siendo sólo algunos de ellos los que generan los ingresos que las nutren (a veces, los padres son cotitulares de las cuentas en que sus hijos ingresan sus sueldos; otras veces, los hijos son los cotitulares en las cuentas en las que los padres ingresan sus pensiones para gestionar más cómodamente las mismas cuando ellos se ven limitados por motivos de salud). Se trata de situaciones basadas en la confianza mutua que se profesan los cotitulares que, al objeto de facilitar el uso y mantenimiento de las cuentas, no haciendo uso de la figura bancaria del autorizado, comparten titularidades de cuentas y productos derivados de éstas –por ej, depósitos- con el fin de mejor gestionar.

[...]

la titularidad indistinta no es más que un modus operandi bancario, una facultad de disposición que obliga –como dice el Supremo- al Banco frente a los titulares, en el sentido de que cualquiera de ellos puede operar sobre el total depositado, lo que no significa que ninguno de los titulares sea titular de ese total porque disponga de ello, ni siquiera del porcentaje que deriva de la titularidad de la cuenta compartida.

Fuente: http://www.fiscal-impuestos.com/imputacion-rentas-cuentas-bancarias-titularidad-indistinta.html

Muchas personas piensan que si el propietario de un dinero lo pone en una cuenta o depósito con otros titulares, esa simple cotitularidad implica por si sola una donación a favor de esas otras personas.

Eso no es así, tal y como se explica en la Consulta de la Dirección Generalde Tributos 0722-03 de 2/6/2003 de una forma muy clara e ilustrativa:

“Como esta Subdirección General ha manifestado en ocasiones anteriores –entre otras, en contestación a consulta, de fecha 24 de noviembre de 1992–, el mero hecho de que la titularidad del depósito sea compartida no implica una donación de dicho propietario a los demás cotitulares del depósito, ni tácita ni expresa.

Fuente: http://www.consultingdms.com/renta-2011-consejo-6-sobre-cotitularidad-cuentas-y-depositos-bancarios-problemas-donacion-como-declarar-los-rendimientos/

Creo que te tocará pagar el impuesto de donaciones, impuesto que está cedido a tu comunidad autonoma. Tratandose de Murcia y dao que parece que la comunidad va a suprimir el impuesto http://www.laopiniondemurcia.es/comunidad/2017/03/20/comunidad-suprimira-impuesto-sucesiones/814902.html parece que lo mejor que puedes hacer es esperar a regularizar la donación. 

https://www.rankia.com/informacion/impuesto-sobre-sucesiones-y-donaciones#descripcion

Un cordial saludo. 

 

#3

Re: Impuesto de donación

El menos gravoso es que el chico lo vaya sacando a medida que lo necesite. Sin más trámites.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#4

Re: Impuesto de donación

Ya te digo. Y mas estando de cotitular. Que use el dinero si lo necesita.

Las preguntas fiscales son interesantes. Pero yo ultimamente en los foros veo cada vez más... autentico miedo cuando no histeria sobre el asunto, me pregunto si la clase politica, los tertulianos asustadores, y los creadores de mensajes interesados son conscientes del daño que hacen a la gente, no es bueno que los ciudadanos tengan tano miedo a sus instituciones. No es propio de ciudadanos. 

Las leyes están para los hombres y no los hombres para las leyes. 

Salud.