Como participar en una empresa, como personas físicas o a través de otra empresa.
Hola, he estado buscando en el foro pero no veo referencia al tema que trato a continuación.
Mi mujer y yo somos trabajadores por cuenta ajena, cotizando a la seguridad social por el máximo y casados en gananciales.
Vamos a montar una empresa que llamaremos Empresa A, que será una SL, junto a varios socios que participan como empresa, así tenemos que mi mujer y yo tendremos el 50% de la empresa A y mis socios entre todos el otro 50%. El administrador será una persona que ya cotiza en autónomos en otras empresas que tiene.
Esta empresa A está a 200 km de distancia de mi residencia y tendremos que hacer visitas regulares para ver cómo va la construcción de las naves, hablar con proveedores, etc con lo cual me generará unos gastos.
Mi duda es cómo participar en esa empresa (Empresa A) mi mujer y yo (25% cada uno de la Empresa A)
Por un lado me han hablado de ser personas físicas con lo que sacaríamos el dinero de los beneficios en forma de dividendos que tributan del 19 al 23% (no sé si estaría exento por doble imposición o algo así) en la declaración del IRPF y creo no podré meter gastos.
Por otro lado me dicen que montemos una empresa (Empresa B) mi mujer y yo la cual participaría al 50% en la Empresa A y podríamos meter los gastos que nos va a generar las visitas, notaría, etc. Tampoco se muy bien qué gastos puedo meter y cuáles no, pues la gente dice que el coche sí, otros que el coche no pero el combustible sí, no sé si me tengo que dar de alta en autónomos, etc.
Me gustaría me dieseis vuestra visión del tema y cuál sería la más ventajosa de cara a Hacienda.
No sé si los gastos que conlleva montar una empresa son más que los beneficios de los gastos que puedo deducir. Además dicen que hacienda está mirando mucho este tipo de empresas que participan en sus propia empresas para meter gastos y que están multando.
Tampoco se cómo actuaría la Empresa B (la de mi mujer y mía al 100%) frente a la Empresa A. No sé si en calidad de "Asesores"
Lo pongo en el foro de Fiscalidad pues considero que es donde están las principales diferencias entre persona física y jurídica.
Un saludo y muchas gracias por vuestras respuestas