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Duda deducción obras IRPF en nuda propiedad

2 respuestas
Duda deducción obras IRPF en nuda propiedad
Duda deducción obras IRPF en nuda propiedad
#1

Duda deducción obras IRPF en nuda propiedad

Hola,

Tras el fallecimiento de mi madre, mi padre  tiene el 50% de pleno dominio de su vivienda habitual y el otro 50% en usufructo. Y yo tengo el 50% en nuda propiedad.

En Cantabria tenemos unas deducciones autonómicas por las que determinadas obras realizadas en una vivienda (habitual o no) desgravan en el IRPF, como es el caso de las realizadas. Más información en https://www.iberley.es/temas/deduccion-irpf-obras-mejora-viviendas-cantabria-ejercicio-2017-c6882

Entiendo que de la factura por las obras realizadas, mi padre puede deducirse el 50% correspondiente a su pleno dominio pero,  del otro 50% ¿Se puede deducir él, yo o ninguno?

 

Y ya de paso otra cosa:

Sé que yo no tengo que reflejar la nuda propiedad en mi IRPF porque no me genera ninguna renta pero ¿cómo refleja mi padre su 50% de propiedad y su 50% de usufructo?

Hay identificador para propiedad y para usufructo pero no para ambas. Podría poner en su declaración la misma vivienda dos veces con distinto identificador pero me parece raro.

 

Muchas gracias.

#2

Re: Duda deducción obras IRPF en nuda propiedad

La deducción de Cantabria es por obras "de mejora".

Al haber una carga de usufructo, corresponde al usufructurario las obras de reparación ordinaria y corriente, así como las obras de conservación. No así las de mejora, que pueden ser asumidas y realizadas por el usufructurario, o por el propietario (a condición de que no disminuyan el valor de al cosa o perjudiquen al usufructuario).

La deducción es, además, solo para "cualquier vivienda" sita en Cantabria.

Nada se dice en la norma, que deba ser vivienda habitual, o constar como segunda vivienda del declarante. O sea, esta deducción autonómica parece desglosada de ser "titular fiscal" de la vivienda a efectos del IRPF.

Para aplicar la deducción habria primero que establecer que fuesen obras "de mejora", que cumpliesen los requisitos de tipología de la deducción, que la vivienda esté situada en Cantabria, y que el gasto lo haya sufragado un "propietario". Entiendo que lo lógico es que el importe de la factura solo es deducible para cada "propietario" hasta el límite de su porcentaje de propiedad. Eso no lo dice la norma de la deducción, pero es por extrapolación lógica.

Como cada propietario es solo propìetario (en el sentido de propiedad civil, que no fiscal), del 50 %, cada propietario podría deducirse el 50 % del importe de la factura de las obras de mejora.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Duda deducción obras IRPF en nuda propiedad

Gracias por la respuesta aunque igual estoy un poco espeso y no me acabo de enterar del todo. Mis disculpas.

La vivienda efectivamente está en Cantabria con lo que la deducción entiendo podría valer para mi padre (su vivienda habitual) como para mi (no es mi vivienda habitual aunque también resido en Cantabria).

Las obras en concreto son de "comunidad de propietarios" y entiendo que son una mezcla de conservación / mejora en cuanto a que se hacen para mejorar la seguridad y la estanquiedad del edificio.

Los importes se cargan en recibos de la comunidad a nombre de mi padre y en su cuenta bancaria aunque en la práctica los pago yo (y también estoy en la cuenta)

Tengo bastante claro que mi padre se puede deducir su 50%. Lo que tengo dudas es respecto a mi 50%. Si se lo puede deducur él como usufructuario (que es lo que prefiero) por mi encantado y si no es así quisiera estar seguro de no meter la pata si me lo deduzco yo.

Gracias de nuevo.