Devolucion de IVA
DEVOLUCION IVA.- Al darse de baja un empresario en la actividad (solo estuvo de alta 2 años), solicito la devolución del iva que tenia a su favor, pero, como consecuencia de que no recibió una notificación de hacienda reclamándole que presentara los libros de contabilidad para hacer la comprobación, al cabo del tiempo, la AEAT le giro unas actas reclamándole el iva que no había ingresado ya que le quitaron todo el iva soportado de esos años, por lo que no le quedo mas remedio que pagar todas esas actas.
Ahora, después de pagar todas las actas reclamadas, ¿podría el empresario presentar alguna reclamación del importe de las actas pagadas y del iva que tenia en su día a devolver, presentando los libros de contabilidad, y antes de los 4 años de prescripción?.
saludos y gracias