Pago de intereses y tasación de viviendas - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
Hola buenas tardes, quería saber si alguien me puede aclarar un poco estos dos temas, porque no los tengo muy claro.
Como consecuencia de lo complicado que está siendo llevar a cabo diferentes trámites, me voy a ver obligado a solicitar la prórroga. El último día que puedo solicitar la prórroga es el día 8 de octubre, pero he pedido que se solicite ya.
Lo que me gustaría saber, es a partir de que día se empiezan a pagar intereses y hasta cuando, y también porque lo he estado mirando por la web de la Comunidad de Madrid, y no he visto el tanto por ciento que es.
y por otro lado:
He visitado los dos inmuebles que están dentro de la herencia con un amigo que es arquitecto, el estado de los inmuebles está bastante deteriorado, me comenta que puede realizar unas tasaciones acorde con el mercado inmobiliario actual, pero el valor que daría sale por debajo del que estipula la Comunidad de Madrid, puedo presentar los valores de las tasaciones directamente en la liquidación??????
Presentarlo lo puedo presentar, pero lo aceptarían o hay que hacer algún tipo de trámite antes para ver si lo aceptan (uno de los inmuebles la comunidad le otorga un valor de 310000 euros y la tasación es de 265000)
Y si a la hora de entregar la liquidación, no se acepta ese valor, como actúa la Comunidad??' a la hora de revisar la liquidación verán eso valores, no los aceptan, y supongo que harán una liquidación paralela, que me la mandarán y me dirán que debo tanto dinero ....... + LOS INTERESES, (pero esos intereses van desde el día en que yo presento la declaración hasta que ellos la revisan???))))
Creo que es un poco lioso lo que estoy preguntando pero si alguien me pudiera echar una mano, se lo agradecería mucho
muchas gracias