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Duda sobre usufructo viudal y vivienda - Herencia

4 respuestas
Duda sobre usufructo viudal y vivienda - Herencia
Duda sobre usufructo viudal y vivienda - Herencia
#1

Duda sobre usufructo viudal y vivienda - Herencia

Buenos dias. Tengo la siguiente duda.

 

Mi madre y su marido fueron pareja de hecho dursnte 20 años inscrita en la comucomun de madrid. En ese periodo el compro una vivienda en Madridd a su nombre  que fue la vivienda de ambos durante 20 años. Postermente se casaron y pocp despues falleció. no tienen hijos en comun pero vive vi madre de el.

A mi madre le corresponde el usufructo del 50% y la heredera (madre del fallecido)  se lo quiere conmutar pagandole un dinero mediante la nor.a del 89-edad viida = 26% de esa mitad que le corresponde a mi madre (13%).

 

Mi madre le gustaria seguir disfeutando de la vivienda familiar u en algunos sitios he leido que ella puede pedir el derecho de uso sobre esa vicie da familiar, pero no se si esto aploca en este caso que creo que es un bien privativo de el.

 

Tiene miadre derecho a pedir que se respete su usufructo sobre esa vivienda abonando la diferencia si procede o bien esta oblugada a aceptar la conmutacion del usufructo por ese 13% del caudal hereditario?

 

Gracias

#2

Re: Duda sobre usufructo viudal y vivienda - Herencia

Tu madre, en principio, no está obligada a aceptar nada. Cualquier decisión debe tomarse de común acuerdo y si no lo hay, el disconforme puede acudir a los tribunales.

En consecuencia, lo más recomendable es que siga residiendo allí hasta que se llegue a un acuerdo.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Duda sobre usufructo viudal y vivienda - Herencia

Muchas gracias por su respuesta. 

 

Aunque fue la vivienda habitual de ellos durante casi 20 años, en los últimos 3 años esa vivienda fue arrendada ya que por destinamiento laboral de el se fueron a vivir a otra comunidad autónoma, pero ahora que ha fallecido, mi madre querría volver a la vivienda, o en su caso seguir arrendándola para poder pagar otra vivienda.

 

Con lo que le ofrece la otra parte, mediante la formula del 89, a mi madre le darían apenas el 15% de la masa hereditaria, por lo que tendría para pagar una casa durante 5 o 6 años y luego que?

La otra parte ya ha dicho que si no aceptamos solicitara la división judicial de la herencia, y en algunos sitios hemos leído que el juez lo más probable es que les de la razón, obligando a mi madre a conmutar ese usufructo por ese 15%, pues los herederos tienen potestad de solicitar la conmutación y la forma de hacerlo, y la cantidad que elige el juez suele ser mediante esa formula.

 

Pero en otros sitios he leído que el usufructo viudal da derecho a que la viuda tenga preferencia a solicitar el uso de la vivienda familiar, ya sea en propiedad o en usufructo, pagando la diferencia de valor a la otra parte. Pero no se si este derecho es solo para los casos de que la vivienda sea un bien ganancial de ambos, o se da en todos los casos, pues en este caso la vivienda es un bien privativo del fallecido (lo compró él mientras eran pareja de hecho, antes de casarse)

 

Gracias.

#4

Re: Duda sobre usufructo viudal y vivienda - Herencia

Para dar una opinión con fundamento sería necesario conocer si el matrimonio estaba en gananciales, si parte de la vivienda se pagó después del matrimonio por tener hipoteca y cuál es la situación actual de la vivienda, ¿está desocupada, arrendada, etc.?

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Duda sobre usufructo viudal y vivienda - Herencia

En esa vivienda de Madrid vivieron durante casi 20 años, posteriormente se mudaron por destino laboral TEMPORAL del fallecido a Cataluña 3 años, donde se casaron, pero ninguno adquirió la vecindad civil catalana. No hicieron ningún pacto economico. Por lo que entiendo que el matrimonio se rige por la vecindad civil de ambos conyuges (la común) y por tanto el régimen seria de gananciales ?? (tengo dudas de si el régimen económico del matrimonio en este caso seria gananciales o separación de bienes ¿eso como se puede saber?). 

 

La vivienda se compro y pagó íntegramente durante los años que fueron pareja de hecho, y esta a nombre del fallecido. por lo que entiendo que es un bien 100% privativo del fallecido.

 

Cuando se mudaron temporalmente a Cataluña arrendaron la vivienda, Actualmente la vivienda continua arrendada. 

 

muchas gracias