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Escriturar plaza de garaje con contrato de compra y venta hace 43 años de persona fallecida hace 32

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Escriturar plaza de garaje con contrato de compra y venta hace 43 años de persona fallecida hace 32
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Escriturar plaza de garaje con contrato de compra y venta hace 43 años de persona fallecida hace 32
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Escriturar plaza de garaje con contrato de compra y venta hace 43 años de persona fallecida hace 32

Buenos días, el tema es un poco lioso y me asaltan un montón de dudas después de leer y leer casos parecidos al mio por internet, intentaré ser lo más breve posible intentando aportar todos los datos para la posterior valoración y ya aprovecho para dar las gracias anticipadas a todos los que se ofrezcan a ayudarme con su opinión.

Mis padres compraron un piso y una plaza de garaje en alcorcón hace ahora unos 44 años, por desgracia mi padre falleció hace ahora 32 años.  Como no habia testamento, se hizo una declaración de herederos ( somos 4 hermanos) en el cual se dividían las posesiones que tenia mi padre en ese momento, salvo la plaza de garaje que no estaba escriturada y por h o por b en su día no se puso en esa declaración. De esa plaza de garaje solo consta el contrato de compra y venta que se firmo en el año de la compra y se tienen todos los recibos de la misma pagados. Hace unos dias llego a mi poder una  comunicación en la que decia que la citada plaza de garaje estaba en concurso de acreedores por una deuda que tenian las personas que en su dia la construyeron . En el registro de la propiedad figura dicha plaza de garaje a nombre de uno de esos constructores. Después de ponerme en comunicación con los administradores nombrados para ese concurso de acreedores, me indican  que hay que regular esta situación para evitar males mayores siguiendo los siguientes pasos:

- Acudir a un notario ( que ellos me ofrecen y son con los que están solucionando todos los casos que hay como el mio) y elevar a escritura publica el contrato de compra y venta, ( el coste de la operación serían 350 euros de notaria y unos 200 de registro), pero como esta propiedad no figura en la declaración de herederos, primero habría que añadir esta en dicha declaración y luego escriturarla a nombre de los herederos ( de esto no me saben decir cuanto me costaria). Este proceso lo entiendo pero me asaltan un montón de dudas:

- No se si tengo que pagar impuesto de sucesiones y donaciones o si este esta prescrito.

. Y lo que mas me preocupa y dudas me sugiere es el tema de la plusvalia, no se si esta esta prescrita o no y si no es asi, no se cual seria la cantidad real a pagar.

Encontre este artículo que explica como se calcula la plusvalía.

¿CÓMO SE CALCULA LA PLUSVALÍA MUNICIPAL?

Este impuesto se calcula de la siguiente forma: se multiplica el valor catastral del terreno por el coeficiente aprobado por el ayuntamiento correspondiente (en este caso el ayuntamiento de alcorcón tiene un 2,8% en propiedades de hasta 20 años) y por el número de años que han pasado desde la fecha de la compra, hasta un máximo de 20 años. El resultado, la base imponible, se multiplica ahora por el tipo de gravamen establecido por el ayuntamiento (en este caso el 27%) y ya sabemos la cuota a pagar.

La plaza de garaje tiene un valor catastral de 4683 euros, siendo el valor catastral del suelo 2502 euros.

Aplicando la formula: 2502 (v.suelo) x 2,8 % x 20 años= 140.112  x 27%= 37830. 

 

MIS DUDAS:

-

- He leido por ahi que la fecha de la adquisición de dicha plaza de garaje, independientemente de que se formalice ahora la declaración de herederos, es la fecha de fallecimiento del titular, ¿ entonces el calculo de la plusvalía a pagar seria en relación al valor de la plaza de garaje en el año 87 que es cuando falleció mi padre, o habría que hacerlo sobre el valor actual?

Si aplico la formula que dice la normativa poniendo el valor actual de la plaza de garaje, me salen a pagar mas de 37000 euros, teniendo en cuenta que el valor de mercado de dicha plaza al dia de hoy oscila entre los 8000 y 9000, esta claro que no me merece la pena todo este jaleo,pero como digo no tengo ni idea de estos temas y puede que este totalmente confundido en mis conclusiones y por eso lo expongo aqui, a ver si  alguien podría aportarme la información necesaria para salir de dudas.

- También me gustaría saber  si los pasos a seguir, informados por los administradores del concurso de acreedores, son los correctos y no puedo salir perjudicado en un futuro.

Muchas gracias y perdon por el toston.