¿Usufructo y nuda propiedad en impuesto donaciones/sucenciones e impuesto de patrimonio?
Hola. A ver si alguien es tan amable de resolverme 2 dudas sobre este caso inventado, pero que me permitirá entender si pueden variar los porcentajes del usufructo/nuda propiedad a efectos de 2 impuestos diferentes:
Imaginemos que un padre dona a su hijo la nuda propiedad de un bien, pero mantiene el usufructo vitalicio. Para la liquidación del impuesto de donaciones se deberá calcular el porcentaje de usufructo y nuda propiedad e imaginemos que sale 25 % usufructo y 75 % nuda propiedad.
Mi primera duda: imaginemos que el hijo es heredero y fallece el padre, ¿entonces en ese momento deberá liquidar en el impuesto de sucesiones los impuestos de ese 25 %, correcto? ¿O si el padre ha vivido varios años desde la donación, eso influye en que disminuya el porcentaje del usufructo heredado o se mantiene fijo ese 25 % en que se valoró el usufructo en su día en el impuesto de donaciones?
Segunda duda: a efectos del impuesto de patrimonio, el hijo recibe la nuda propiedad del bien durante la donación, que hemos dicho que es del 75 %. ¿Pero anualmente en el impuesto de patrimonio en la valoración de bienes deberá ir sumando un 1 % a su nuda propiedad por el tema de que aumenta la edad del usufructuario o se mantiene fijo ese 75 % a efectos del impuesto de patrimonio?
Muchas gracias.