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Notificación Hacienda doble imposición internacional....

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Notificación Hacienda doble imposición internacional....
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Notificación Hacienda doble imposición internacional....
#1

Notificación Hacienda doble imposición internacional....

A alguien le ha llegado una citación pidiéndole a este respecto

- Aclaración del contenido de determinadas partidas.
Deberá acreditar la deducción por doble imposición internacional declarada, aportando la siguiente
documentación:
1º.- Identificación de las rentas que han sido objeto de deducción por doble imposición internacional,
indicando el concepto de tales rentas, su cuantía y la casilla concreta de la declaración del IRPF en
la que están incluidas.
2º.- Justificantes de los impuestos efectivamente pagados en el extranjero por tales rentas, donde
se identifique claramente tanto el impuesto pagado en el extranjero como la renta objeto de doble
imposición (certificado expedido por la autoridad fiscal del país donde ha pagado los impuestos).
3º.- Cualquier otra documentación que considere conveniente a efectos de prueba.
Finalmente, deberá tenerse en cuenta conforme lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 39/2015
de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la lengua de los
procedimientos tramitados por la Administración General del Estado es el castellano o la lengua
cooficial en la comunidad Autónoma donde tenga la sede el órgano de la Administración del Estado.
Por tanto, los medios de prueba que se aporten en idioma extranjero deben ir acompañados de la
correspondiente traducción por intérprete jurado

Yo tengo Interactive Brokers, donde aparece la cantidad pagada de impuestos. Y ya está. Obviamente corresponde a dividendos cobrados. Por supuesto que no tengo certificados de cada agencia tributaria y menos traducidos mediante intérpretes jurados.
¿Alguien se ha enfrentado a una citación cómo esta?

Saludos
#2

Re: Notificación Hacienda doble imposición internacional....

hay una persona que ha comentado lo mismo, también trabaja con IB, hace unos días:
https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/4400790-requerimiento-hacienda-pide-acreditar-deduccion-por-doble-imposicion-internacional-declarada?page=1

Yo no he recibido aun la devolución, no trabajo con IB, pero me estoy temiendo que voy a recibir el requerimiento porque tengo rendimientos de otros paises para los que practique la deducción por doble imposición. Parece que este año les ha dado por centrarse en este tema, ya que imagino pierden un chorreo de dinero por la deducción.
Lo de aportar certificado de la autoridad de origen me parece imposible, debería ser suficiente con la información fiscal que remite el intermediario financiero, que es quien tiene obligación de retener. Al menos yo en acciones los intermediarios están en España y desglosan la retención en origen y la de España.
#3

Re: Notificación Hacienda doble imposición internacional....

Muchas gracias Bacalado

Yo he sido meticuloso en las cantidades. He puesto exactamente lo que dicen mis informes de actividad de IB, pero claro si hacienda se limita a decir que no lo acredito suficientemente en el sentido de que no presento la documentación que ellos requieren, voy jodido. Cobrar dividendos en el extranjero puede ser un calvario si Hacienda se empeña.
#4

Re: Notificación Hacienda doble imposición internacional....

Ya he recibido la notificación de Hacienda. Ni puto caso, que según ellos, los informes de mi broker no justifican los pagos de impuestos en el extranjero y que les debo los 500,4 euros que deduje más los consiguientes intereses de demora. Genial,, piden unos certificados que nadie da, y cualquiera consigue esa documentación, en mi caso en 11 países distintos más las traducciones juradas.
Lo peor es que a raíz de este tema, revisé mis dividendos y la mayor parte eran (no taxables). Eran devolución del capital, no rendimientos. Unos 2000 euros en impuestos. Lo que no sé es si tengo ánimos de enfrentarme más a Hacienda.

Saludos
#5

Re: Notificación Hacienda doble imposición internacional....

pero en el otro hilo hay una persona con el mismo caso que tú en IB y le han dado la razón ¿¿??? parece otro caso más donde cada delegación hace lo que le sale de ahí. Yo tenía compañeros de trabajo que declaraban exentas la parte de sueldo cuando viajaban al extranjero por un artículo que hay en el IRPF y a cada uno le salía por un lado su delegación de Hacienda: a uno se lo admitían con la primera explicacion, a otro no ,etc.
Yo entiendo que debería valer con la información del broker: retenciones que ha hecho, y se me ocurre información individualizada por cada movimiento: un informe de estado de la cuenta en la fecha de cobro y movimientos en la cuenta, más información del bruto aprobado. Si el dividendo bruto es "x" y te llega "x-15%" eso es lo que se ha pagado, con el convenio en la mano.
Y no sé si será legal esa historia de exigir el aportar un certificado de la administración tributaria de cada país. Aparte de que parece excesivo e inoperativo, en España, el broker está obligado a retener, igual que el empresario sobre la nómina, y son los obligados a ingresar en la Agencia Tributaria lo retenido. Puede que cometan un fraude y no lo ingresen; en tal caso, tienen que ir contra ellos, no contra ti, tú ya has pagado tus impuestos. Y no creo que en otros países sea diferente. En definitiva, a ti quien te proporciona el certificado de retenciones es el intermediario (broker o empresario) obligado a retener.
Creo que es un caso que puedes seguir peleándolo, al menos en las instancias gratuitas de la propia administración tributaria.
#6

Re: Notificación Hacienda doble imposición internacional....

Sí, supongo que lo debo seguir peleando, con ese argumento de que no les doy los papeles que quieren pueden hacerme esto cada año, y todos los ejercicios anteriores no prescritos. Básicamente perdería todo lo que me retengan por la cara y punto.
Les creía un poco más profesionales, la verdad.

Saludos